Ciudad De México, 13 de junio de 2026.- La Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México y la Fiscalía General del Estado de Puebla obtuvieron sentencias condenatorias recientes por los delitos de desaparición agravada y crueldad animal, respectivamente.
En el caso de la capital, Rafael ‘N’ fue sentenciado a 37 años y seis meses de prisión por el delito de desaparición cometida por particulares agravada. La víctima desapareció después de llegar al Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México el 10 de marzo de 2020 para encontrarse con el acusado.
La mujer fue localizada sin vida 16 días después en el municipio de Tejupilco, Estado de México. Rafael ‘N’ fue identificado a partir de un depósito bancario realizado por la víctima a una cuenta a su nombre y reconoció haber acudido al aeropuerto para recoger a la mujer el día de su llegada.
Agentes de la Policía de Investigación ubicaron al acusado en el municipio de Chimalhuacán, Estado de México, y fue detenido el 17 de diciembre de 2021, siendo vinculado a proceso tres días después. La sentencia fue emitida el 5 de junio de 2026 y la autoridad judicial ordenó el pago de una indemnización por la muerte de la víctima, así como los gastos funerarios y la reparación del daño moral a favor de sus familiares.
Por otro lado, la Fiscalía General del Estado de Puebla obtuvo una sentencia condenatoria de 11 años y cuatro meses de prisión contra Luis Rey N. por el delito contra los animales mediante actos de crueldad. Los hechos ocurrieron el 12 de febrero de 2025 en el municipio de Santiago Miahuatlán, Puebla, donde el perro agredido, llamado ‘Huesitos’, recibió golpes con una piedra de grandes dimensiones.
Durante la audiencia de individualización de sanciones el 11 de junio de 2026, la autoridad judicial determinó imponer dicha pena, además de una multa equivalente a 710 Unidades de Medida y Actualización (UMA). El caso generó una amplia movilización de organizaciones defensoras de animales y de usuarios de redes sociales.
El sentenciado deberá recibir atención psicológica durante el tiempo que permanezca en el centro penitenciario. La resolución contempla la suspensión de derechos civiles y políticos y niega cualquier beneficio relacionado con la conmutación de la pena, mientras que la reparación del daño será definida durante la etapa de ejecución de la sentencia.