marzo 10, 2026
corte_41345bb5fe92_0

Por Redacción



México, Mexico, 10 de marzo de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó los artículos 22 y 24, fracción I, inciso b) de la Ley Número 239 del Estado de Guerrero, los cuales establecían restricciones para que menores de edad pudieran rectificar su acta de nacimiento y reconocer su identidad de género autopercibida. La decisión fue tomada por el Pleno de la Corte tras resolver una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).

Los ministros Arístides Guerrero y Loretta Ortiz fundamentaron la resolución en los derechos constitucionales al libre desarrollo de la personalidad y a la identidad, así como en tratados internacionales como la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Convención sobre los Derechos del Niño. Con esta determinación, la SCJN estableció un precedente que permite a las infancias trans en Guerrero ejercer su derecho a la identidad sin restricciones legales.

La ley invalidada fue publicada en junio de 2025 y contemplaba limitaciones que la CNDH consideró discriminatorias, lo que motivó la promoción de la acción de inconstitucionalidad 73/2025 en julio del mismo año. El organismo de derechos humanos argumentó que las restricciones vulneraban los derechos fundamentales de los menores de edad.

Esta resolución se suma a otros fallos emitidos por la Suprema Corte durante 2025 que fortalecen los derechos de la comunidad LGBT+, incluyendo la invalidación de reformas discriminatorias en estados como Aguascalientes y Sonora.