Ciudad De México, 02 de junio de 2026.- El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) se pronunció tras la apelación de la Federación Mexicana de Fútbol (FMF) contra la FIFA y resolvió parcialmente anular la clausura parcial de las gradas para el próximo partido de Nivel A de la FIFA que tenga el Tricolor. La Formación Arbitral estimó uno de los recursos presentados por la federación nacional y dejó sin efecto el cierre del 15 por ciento del estadio que había sido impuesto como sanción.
A pesar de la anulación de la medida de cierre, el TAS determinó que la FMF aún debe pagar las multas económicas impuestas previamente. La federación está obligada a cubrir sanciones de 60 mil y 80 mil francos suizos, cantidades que equivalen aproximadamente a 76 mil 235 y 101 mil 656 dólares respectivamente.
El origen de las sanciones se remonta al verano de 2024, cuando el Sistema de Vigilancia Antidiscriminación de la FIFA reportó el uso de un grito homofóbico por parte de aficionados mexicanos durante tres partidos amistosos disputados contra Bolivia, Uruguay y Brasil. Dos de estos encuentros fueron interrumpidos temporalmente. En septiembre de 2024, la Comisión Disciplinaria de la FIFA declaró responsable a la FMF e impuso la multa de 60 mil francos suizos y el cierre parcial, decisión que fue confirmada posteriormente por la Comisión de Apelación de ese organismo.
Posteriormente, en octubre de 2024, el grito homofóbico fue reportado en otro partido amistoso contra Estados Unidos, lo que generó un nuevo procedimiento disciplinario. En noviembre de 2024, la Comisión Disciplinaria de la FIFA volvió a declarar responsable a la federación mexicana e impuso una multa adicional de 80 mil francos suizos, resolución que también fue ratificada por la Comisión de Apelación.
Ante este escenario, la FMF presentó dos apelaciones distintas ante el TAS en marzo y junio de 2025. En su recurso, la federación argumentó que ha realizado los mayores esfuerzos posibles para educar, prevenir y erradicar el cántico, señalando que los incidentes fueron de “carácter aislado y de corta duración”. Asimismo, sostuvo que las sanciones impuestas por la FIFA no son eficaces para influir en el comportamiento de los aficionados ni para disuadir la reincidencia, por lo que solicitó que se dejara sin efecto la decisión o se sustituyera por un plan de acción conjunto.
Se designó una misma Formación Arbitral del TAS para ambos procedimientos, la cual celebró una audiencia presencial en Miami el 3 de marzo de 2026. Tras examinar los argumentos, pruebas e imágenes de los partidos, la Formación Arbitral observó que la conducta de los aficionados fue de forma masivamente colectiva y mayoritaria, y que no fue solo de carácter coyuntural. No obstante, el tribunal reconoció la singularidad de la situación al emitir su fallo.