junio 25, 2026
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Ciudad De México, 25 de junio de 2026.- La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) anunció una prórroga para la vinculación de la Clave Única de Registro de Población (CURP) con las líneas telefónicas celulares, modificando la fecha límite que originalmente se estableció para el 30 de junio de 2026.

La autoridad estableció un calendario escalonado para que los usuarios de prepago completen el trámite entre agosto y diciembre de 2026. La nueva fecha límite dependerá del último dígito del número telefónico. Para los números terminados en 0, el plazo vence el 15 de agosto, mientras que para los terminados en 1 es el 31 de agosto.

El cronograma continúa con fechas específicas para cada dígito restante: el 15 de septiembre para el 2; 30 de septiembre para el 3; 15 de octubre para el 4; 31 de octubre para el 5; 15 de noviembre para el 6; 30 de noviembre para el 7; 15 de diciembre para el 8; y finalmente el 31 de diciembre para las líneas que terminan en 9.

La CRT indicó que “las líneas de prepago que hasta ahora no se han vinculado tendrán una fecha límite asignada conforme al último dígito del número telefónico”. Una vez vencido el plazo correspondiente, las compañías telefónicas suspenderán el servicio de las líneas no vinculadas en las siguientes 72 horas.

Durante la suspensión, las líneas únicamente podrán realizar llamadas a números de emergencia, de atención ciudadana y a su compañía telefónica, así como recibir alertas en caso de sismo. El servicio completo de llamadas, mensajes y datos móviles se restablecerá una vez que se realice la vinculación.

A la fecha del anuncio, ya se encuentran vinculadas 63 millones de líneas, de las cuales 40.2 millones son de prepago y 22.8 millones de pospago. Las líneas de pospago generalmente ya se encuentran asociadas a una persona desde su contratación y no requieren un nuevo trámite.

El trámite se lleva a cabo directamente ante las compañías telefónicas, no ante el gobierno. Las empresas únicamente asocian nombre y CURP del usuario al número, eliminando cualquier otro dato o imagen. La CRT señaló que “cada número telefónico debe estar a nombre de una persona, a fin de eliminar el anonimato que ha permitido que la delincuencia cometa delitos como fraude o extorsión”.

En caso de cometerse un delito que involucre el uso de una línea, las autoridades competentes pueden solicitar información a las compañías telefónicas cumpliendo las disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales. Con esta medida, México se suma a una práctica vigente en 166 países donde la activación de líneas requiere identificación del usuario.

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